
Publicada en BOJA nº252 de martes, 31 de diciembre de 2024, mediante esta Resolución se modifica:
- El modelo de convenio tipo de colaboración para la realización de la fase de formación en empresas u organismos equiparados de las enseñanzas de formación profesional y sus anexos, incorporados al Sistema de Información Séneca para facilitar su gestión electrónica, posibilita y articula la realización de la fase de formación, aprobado por Orden de 29 de abril de 2024.
- El Convenio entre el centro docente y la empresa para la realización de la fase de formación en empresa u organismos equiparados de las enseñanzas de formación profesional.
En el caso de las prácticas formativas remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación, que asumirá a estos efectos la condición de empresario. En el supuesto de que el programa esté cofinanciado por dos o más entidades u organismos, tendrá la condición de empresario aquel al que corresponda hacer efectiva la respectiva contraprestación económica.
En el caso de las prácticas formativas no remuneradas, el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social corresponderá a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro de formación responsable de la oferta formativa. Quien asuma la condición de empresario deberá comunicar los días efectivos de prácticas a partir de la información que facilite el centro donde se realice la práctica formativa.
Descarga el NUEVO MODELO DE CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LA FASE DE FORMACIÓN EN EMPRESA U ORGANISMO EQUIPARADO con la modificaciones aprobadas.
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